miércoles, 25 de junio de 2014

Familia

De acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la familia es “el elemento natural y fundamental de la sociedad”. Y es precisamente sobre ello de lo que hablaremos el día de hoy. Porque a partir de la declaración publica del Senador panista José María Martínez se ha vuelto a poner en la mesa el tema sobre los matrimonios gay u homosexuales, esto a pesar de que a mi parecer el debate se cierra únicamente en el marco filosófico teológico, pues en el legal se encuentra bastante superado: el matrimonio homosexual es perfectamente legal, conforme a derecho humano, y cualquier disposición jurídica en contrario en inconstitucional e inconvencional.

Vamos por partes:

Declaración Universal de los Derechos Humanos (tratado del que México forma parte), artículo 16.1 “Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.” Este artículo habla de que hombres y mujeres tienen derecho a formar una familia, y no específica que tenga que ser entre varones y mujeres, pero tampoco habla sobre esa posibilidad.

 

La Convención Interamericana de Derechos Humanos es, en cambio, un poco mas particular al respecto y a la letra dice en su artículo 17.2: “Se reconoce el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia si tienen la edad y las condiciones requeridas para ello por las leyes internas, en la medida en que éstas no afecten al principio de no discriminación establecido en esta Convención. Y subrayamos esta última parte muy en especial para proceder a ver cual es el principio de no discriminación de la que habla este artículo. Son dos artículos de esta convención los que hablan del principio de no discriminación, a saber, el primero y vigésimo cuarto. El artículo primero proscribe la discriminación por parte del Estado por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. Mientras que el numeral 24 dice a la letra: Todas las personas son iguales ante la ley.  En consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley. ¿Nos va quedando mas claro?

 

Por otra parte,  El artículo 4to constitucional dice que “El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.” Esta disposición constitucional  es de vital importancia para comprender bien el tema del que estamos hablando pues en ello encontramos el fundamento legal por la que la misma ley permite los matrimonios gay basándonos en una lógica sencillísima: La ley protege la organización y desarrollo de la familia(premisa mayor), La familia gay es una familia (premisa menor), luego entonces La ley protege la organización y desarrollo de la familia gay. Aunque los opositores de los matrimonios homosexuales podrían afirmar que partimos de una premisa errónea (nuestra premisa menor) quiero hacer énfasis en que no estamos haciendo un escrutinio del pensamiento filosófico, ético ni teológico, sino únicamente jurídico.

 

Ahora bien, en el sentido del artículo primero constitucional y el principio pro persona, normas jurídicas que, como en el caso de Chihuahua, describen al matrimonio como “el acuerdo de voluntades entre un hombre y una mujer…” deben de aplicarse en favor de las personas y permitir, haciendo un control difuso de la Constitución y de las convenciones que recién mencionamos, los matrimonios homosexuales, al contrario que de códigos mas avanzados como el del Distrito Federal que hablan de una “unión libre entre dos personas…”. En el mismo sentido sentido se ha pronunciado la Suprema Corte de Justicia de la Nación según se puede ver en las tesis que podemos encontrar bajo el registro 2006534, 2003282, 2003308 y otras más.

 

Así pues termino esta entrada, esperando haya quedado claro lo expuesto con anterioridad, aunque no me doy por hecho que esto es verdad, si tiene algo que opinar puede hacerlo libremente en el espacio reservado para los comentarios un poco mas abajo. Hasta pronto.

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